miércoles, 11 de septiembre de 2013

ACCIÓN DE GRUPO PARA REPARACIÓN INTEGRAL. INICIATIVA DE LOS MILITANTES DE BASE DE LA UP

EL Dr. Francisco Basilio Artega Benavides, es sobreviviente de la UP,Comunista, ex-personero de Cartagena del Cahirá y Mesetas.



FRANCISCO BASILIO ARTEAGA BENAVIDES. 
ABOGADOS
Carrera 4 A No.23-39 oficina 502 de Bogotá.
CEL.315.826.16.41.
EMAIL: fab_basilioarteaga@yahoo.com
Email: pluma_juridica@hotmail.com



MAGISTRADOS(AS)  TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
DE CUNDINAMARCA.
SECCIÓN PRIMERA.
E.                         S.               D.

Ref.  Poder  para iniciar Acción de Grupo.
Por Genocidio político U.P.

Vs. NACIÓN, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - DAPRE , MINISTERIO DE JUSTICIA, RAMA JUDICIAL PODER PUBLICO, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, MINISTERIO DEL INTERIOR, REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, MINISTERIO DE DEFENSA  NACIONAL, EJÉRCITO NACIONAL, POLICÍA NACIONAL, PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD “DAS”.



DILIA NELMA  FORERO SANCHEZ  ,  identificada  como aparece al pie de mi   firma, residente y domiciliada en Bogotá,  actuando en causa  propio  y en calidad de  SECRETARIA PROVISIONAL    DE LA  UNIÓN PATRIÓTICA  e  integrante del grupo de MILITANTES  DE BASE  DE LA UNIÓN PATRIÓCA  Y SOBREVIVIENTES AL GENOCIDIO POLÍTICO PERPETRADO EN CONTRA   DEL PARTIDO POLÍTICO UNIÓN PATRIÓTICA  y como quiera  que tenemos conocimiento que  la  Corporación REINICIAR y la Comisión Colombiana de Juristas  han impetrado demanda ante la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE LA OEA, SOLICITAMOS SE NOTIFIQUE EL AUTO ADMISORIO  DE  LA DEMANDA a esta ONG   INTERNACIONAL ,  para los fines pertinentes,  en la medida  que los sobrevivientes poderdantes  y el partido político UP  de Base , no nos sentimos representados  por  la Corporación REINICIAR y la Comisión Colombiana de Juristas y  no hemos otorgado poder  a ningún abogado   o ONG NACIONAL  E INTERNACIONAL, en consecuencia  ante usted acudimos de manera respetuosa,  afín de manifestarle que OTORGAMOS PODER ESPECIAL AMPLIO Y SUFICIENTE al compañero FRANCISCO BASILIO ARTEAGA BENAVIDES  militante de base  y sobreviviente  al  genocidio político perpetrado en  contra de la UNIÓN PATRIOTICA , quien es  abogado titulado en ejercicio , identificado como aparece al pie de su respectiva  firma;   para que en nuestro nombre y representación;  inicien , conformen , promuevan ,tramiten  y lleven hasta su terminación ACCIÓN DE GRUPO en el que nos incluyan, esto  con el objeto de que obtenga  la reparación integral  de los daños y Perjuicios causados tanto a las victimas y sus familiares, como a toda la militancia sobreviviente ó el colectivo Unión Patriótica en su conjunto y  reclamen y obtengan igualmente como reparación las medidas de no repetición, reclame  la  reparación política integral, junto a la devolución de las curules en el Senado  de la Republica , Cámara de Representantes, asambleas departamentales, gobernaciones, concejos municipales, alcaldías, juntas administradoras locales   por el periodo equivalente al que se perpetuo el exterminio sistemático ó genocidio político de  la UNIÓN PATRIÓTICA “ UP ” esto , es desde sus inicios en 1985 hasta la fecha de presentación de esta demanda, en contra del Estado y el Gobierno Colombiano,   representado en la entidades de derecho publico NACIÓN, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA,DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - DAPRE , MINISTERIO DE JUSTICIA, RAMA JUDICIAL PODER PUBLICO, FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, MINISTERIO DEL INTERIOR, REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, MINISTERIO DE DEFENSA  NACIONAL, EJÉRCITO NACIONAL, POLICIA NACIONAL, PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN. DEPARTAMEMNTO ADMINSITRATIVO DE SEGURIDAD “DAS”, hoy llamado “DAS”  EN SUPRESIÓN, en la medida que  por acción y/o omisión  de estas entidades se perpetro  el  GENOCIDIO POLITICO  AL   PARTIDO POLITICO  UNIÓN PATRIOTICA. “UP”

Nuestro  apoderado esta  ampliamente facultado para integrar ó incluir al grupo a todas las personas que militaron  y militan en la UNIÓN PATRIÖTICA, como también esta facultado para recibir, transigir, conciliar, celebrar pactos de compromiso, aportar pruebas, tacharlas, interponer incidentes de nulidad, solicitar medidas cautelares  puede hacer uso de todas las facultades consagradas en el articulo 70 del C.P.C y las que sean necesarias siempre y cuando sean en beneficio de nuestros intereses; y en el evento de obtener alguna indemnización esta debe ser pagada directamente a  nosotros por intermedio de la Defensoría del Pueblo ;  en consecuencia  nuestro abogado  y compañero no tiene la facultad de recibir ninguna suma de dinero que nos corresponda  como indemnización y respecto a la reparación política  esta debe ser coordinada con LA JUNTA NACIONAL PATRIOTICA,  que es la constituida por las bases sobrevivientes al genocidio  de   la “ UP “.




Cordialmente.





DILIA NELMA  FORERO SANCHEZ.
C.C.No.




ACEPTO.







FRANCISCO BASILIO ARTEAGA BENAVIDES.
C.C.No.19.347.746  de Bogotá D.C.

T. P. No.70.300 C. S. J.

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